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Ficha Limpia: hoy se vota en el Senado la ley que sacaría a Cristina Kirchner del panorama electoral

El Senado comenzará a debatir hoy la sanción o no de la ley de Ficha Limpia, que busca modificar las reglas de elegibilidad electoral por condenas de corrupción.

El Senado comenzará a debatir hoy, desde las 11.30, la sanción o no de la ley de Ficha Limpia. El proyecto busca modificar las reglas de elegibilidad para los candidatos a cargos públicos, bloqueando a quienes tengan una condena confirmada en segunda instancia relacionada con delitos contra la administración pública, como el caso de Cristina Kirchner.

Desde un rato antes del mediodía, los senadores comenzarán a exponer a favor o en contra de la ley de Ficha Limpia, aunque también se tratarán otros temas, como la aprobación de los embajadores argentinos en Estados Unidos (Alejandro Oxenford) y España (Wenceslao Bunge Saravia), y saldar la discusión sobre las autoridades de la Cámara alta, un objetivo de la vicepresidenta Victoria Villarruel.

Al ser una normativa electoral, Ficha Limpia requiere una mayoría absoluta de votos; es decir, 37. Si uno contara al oficialismo y a la totalidad de la oposición dialoguista -PRO, UCR, misioneros renovadores, silvestres santacruceños y la bancada aliada Provincias Unidas, entre otros-, se llega a 38, versus 34 en contra del kirchnerismo.

Las dudas sobre si alcanzaban los votos para aprobar la Ficha Limpia se disiparon el viernes 18 de abril, cuando los senadores santacruceños José María Carambia y Natalia Gadano (PJ) confirmaron su respaldo. El debate tendrá lugar después de varias idas y vueltas tras su aprobación en la Cámara de Diputados.

Ficha Limpia: qué dice el proyecto

El proyecto de Ficha Limpia contempla que no puedan ser candidatos o funcionarios quienes hayan sido condenados en segunda instancia por “los delitos previstos en los Capítulos VI – Cohecho y tráfico de influencias, VII”.

Eso incluye delitos dolosos vinculados a la corrupción como “malversación de caudales públicos, negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas, exacciones ilegales, enriquecimiento ilícito de funcionarios y empleados y encubrimiento”. También excluye a la posibilidad de ser funcionarios de jerarquía del Ejecutivo.

El proyecto prevé que el inciso se aplique únicamente en aquellos casos en que la sentencia condenatoria resulte confirmada por un órgano judicial de instancia superior, hasta su eventual revocación o cumplimiento de la pena correspondiente, y siempre y cuando la confirmación de la condena se produzca con anterioridad al comienzo del plazo establecido para lanzar los padrones provisorios, que deben presentarse 180 días antes de la elección general.

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